Gastos hipotecarios: el plazo para reclamar no empieza al firmar la hipoteca
· Equipo Consumidor Claro
El Supremo confirma que los 5 años para reclamar notaría, registro y gestoría cuentan desde que una sentencia firme anula la cláusula. Hipotecas que parecían prescritas vuelven a ser reclamables.
Si firmaste tu hipoteca hace diez o quince años y diste por perdido el dinero de notaría, registro y gestoría que el banco te cargó, conviene que vuelvas a mirar esos papeles.
El Tribunal Supremo, alineándose con el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha dejado claro algo que cambia el cálculo para miles de hipotecados: el reloj para reclamar no se pone en marcha el día que firmaste.
Cuándo empieza a contar de verdad
Durante años, los bancos defendieron que el plazo para reclamar arrancaba en la fecha de la escritura. Con esa interpretación, casi cualquier hipoteca antigua quedaba fuera de juego por prescripción.
El Supremo lo ha corregido.
El plazo empieza a contar desde que una sentencia firme declara nula la cláusula que te cargó esos gastos, o desde el momento en que pudiste conocer de forma razonable que esa cláusula era abusiva.
No antes. A partir de ahí, dispones de 5 años para presentar tu reclamación.
El matiz es importante porque le da la vuelta a la idea de “ya es demasiado tarde”. Muchas hipotecas que se consideraban prescritas vuelven a estar dentro de plazo.
Qué puedes reclamar y por qué esto se mueve ahora
Los gastos reclamables son los que el banco te endosó cuando en realidad le correspondían a él: la factura de la notaría, la inscripción en el registro de la propiedad y los honorarios de la gestoría.
Que este criterio se haya asentado no es casualidad.
En mayo de 2025, BBVA se allanó en este tipo de reclamaciones, es decir, dio marcha atrás y dejó de pelear estos casos.
Cuando una de las entidades grandes deja de litigar, marca el terreno para el resto y para los consumidores que estaban esperando.
Antes de reclamar viene bien tener una cifra encima de la mesa.
Puedes calcular cuánto pagaste de más con intereses para hacerte una idea de la cantidad reclamable, así sabes si la gestión te compensa y con qué números te sientas a negociar.
Qué hacer ahora
Busca la escritura de la hipoteca y las facturas de notaría, registro y gestoría. Si no las tienes, puedes pedir copia en la propia notaría y en el registro.
Revisa si en su día reclamaste o si tienes ya una sentencia que anule la cláusula de gastos: ese es el punto desde el que cuentan tus 5 años.
Con los documentos y una estimación de lo pagado de más, plantea la reclamación al banco; si la rechaza o no responde, la vía judicial sigue abierta dentro de plazo.
No dejes pasar el tiempo dando por hecho que tu caso ya caducó. El cambio de criterio existe precisamente para casos como el tuyo.