Precios tachados y descuentos inflados: cuándo el 'antes' es real y cuándo no
Desde 2022, cuando anuncian un descuento con precio anterior tachado, ese 'antes' tiene que ser el precio mínimo aplicado en los últimos 30 días. Te contamos cómo verificarlo y qué hacer si te engañan.
Última revisión: 22 de mayo de 2026
Qué derecho te protege en este caso
Desde el 28 de mayo de 2022, cuando un comerciante anuncia una reducción de precio (rebaja, oferta, descuento, “antes 100 €, ahora 50 €”), está obligado a indicar como precio “anterior” el precio MÍNIMO que aplicó al producto durante los 30 días previos al inicio de la promoción.
Esta es una de las protecciones más importantes incorporadas por la Directiva ‘Ómnibus’ (UE 2019/2161), transpuesta en España a la LGDCU. Antes de esta norma, las tiendas podían usar como “antes” cualquier precio inflado anterior, aunque jamás hubieran vendido al producto a ese precio.
El objetivo: que un “70% de descuento” sea un 70% real sobre lo que la tienda vendía hace poco, no sobre un precio inventado para impresionar.
Cómo funciona exactamente la regla
Regla general
- Precio anterior que muestres tachado = el más bajo aplicado en los 30 días previos al inicio de la promoción.
- Excepción: si el producto está en oferta de forma continuada durante un periodo largo, se permite ajustar el precio anterior.
- Productos perecederos: regla específica, no aplica el tope de 30 días (los frescos cambian precio constantemente).
Lo que NO se considera reducción de precio (no afecta la regla)
- Programas de fidelización con descuentos personalizados.
- Cupones o códigos puntuales individuales.
- Promociones cruzadas (lleva 2 paga 1) sin tachado de precio.
Casos típicos de incumplimiento
- “Antes 200 €, ahora 80 €” cuando el producto se vendía a 90 € la semana anterior.
- Subir el precio dos días antes de “Black Friday” para luego rebajarlo al precio habitual y presentarlo como descuento.
- Mostrar PVP recomendado del fabricante como “antes” cuando la tienda nunca lo aplicó.
- Ofertas perpetuas (siempre “rebaja”) sin que haya precio normal real.
Qué puedes hacer paso a paso
Antes de comprar
- Captura la página del producto con el precio rebajado y el “antes” tachado, con URL y fecha visible.
- Verifica el precio histórico. Herramientas útiles:
- Páginas tipo Keepa (Amazon) o camelcamelcamel que grafican el histórico de precios.
- Buscadores tipo Google Shopping comparando con otras tiendas.
- Web Archive (
web.archive.org) para ver capturas antiguas de la misma web.
- Si el descuento es real, compra tranquilo. Si el “antes” es inventado, valora si te interesa al precio actual real (independiente del descuento ficticio) o pasa.
Si ya compraste y descubres el engaño
- Reúne las pruebas del histórico real del precio (capturas con fechas, herramientas de tracking).
- Reclama al vendedor: invoca el art. 20.1.f de la LGDCU y la
Directiva Ómnibus. Pide:
- Anulación del contrato si no querrías el producto a ese precio real.
- Rebaja efectiva equivalente al descuento prometido si te gusta el producto.
- Denuncia ante la administración de consumo:
- OMIC del municipio o órgano autonómico.
- Ministerio de Consumo si el incumplimiento es por una cadena nacional o supranacional. Estas prácticas se sancionan.
Si has detectado el engaño antes de comprar
Reportarlo a consumo aunque no hayas comprado es muy útil:
- Ayuda a que sancionen al comerciante.
- Reduce el daño a otros consumidores.
- Las multas por publicidad engañosa pueden ser significativas.
Quién está vigilando
- AECOSAN y los órganos autonómicos de consumo realizan inspecciones periódicas, especialmente en Black Friday, rebajas de enero, rebajas de verano y campañas de “Día sin IVA”.
- Asociaciones de consumidores (OCU, FACUA) publican periódicamente estudios de tiendas que inflan precios antes de las rebajas.
- Las plataformas grandes (Amazon, Carrefour, MediaMarkt, etc.) son objetivo habitual de inspección por su volumen.
Qué NO cubre exactamente la regla
- Comparativas con precios de otras tiendas (“aquí 50 €, en otras tiendas 80 €”). Esto se regula por las reglas generales de publicidad comparativa (debe ser veraz y no engañosa) pero no está sujeta al tope de 30 días.
- Programas de membresía (“precio socios 30 € vs precio público 40 €”). El “precio público” debe ser real, pero no aplica la regla del precio mínimo de 30 días.
- Productos nuevos sin histórico (recién lanzados). En estos casos no hay precio “antes” porque no había venta previa.
Qué pruebas conserva con cuidado
- Captura de pantalla del producto con descuento, URL y fecha visible.
- Histórico de precios (Keepa, camelcamelcamel, capturas previas o Wayback Machine).
- Confirmación de compra si compraste.
- Comunicación con el vendedor sobre la reclamación.
Preguntas frecuentes
Black Friday: ¿de verdad es legal que suban precio dos semanas antes para “rebajarlo”?
Si suben el precio para luego “rebajarlo” justo en Black Friday, el “antes” mostrado debe seguir siendo el precio mínimo de los 30 días previos al inicio de la promoción. Si el “antes” tachado es el precio inflado de hace 5 días y no el real, es incumplimiento.
¿Y si la tienda dice “PVP recomendado por el fabricante: 200 €, nuestro precio 80 €”?
Mostrar PVP del fabricante como referencia no equivale a descuento. Si la tienda nunca aplicó esos 200 €, no puede presentarlo como reducción de precio propia. Es comparativa con precio sugerido, que se permite con matices pero no debe inducir a engaño sobre el “antes” propio de la tienda.
Mi producto en Amazon costaba 80 € hace un mes y ahora la oferta marca “antes 120 €”. ¿Qué hago?
Documenta con Keepa o capturas. Si la diferencia es clara, denúncialo a Consumo. Amazon es uno de los objetivos habituales de inspección y este tipo de manipulación se sanciona.
El producto está “siempre en oferta”: “antes 100, ahora 60”. ¿Es legal?
Si el producto lleva meses al mismo precio promocional, el “antes 100” deja de ser referencia válida. Cuando una oferta es permanente, el precio promocional es el precio real y no es “oferta” propiamente dicha. Anunciar descuento permanente es prácticas comercial engañosa.
¿Y para servicios (no productos físicos), aplica igual?
Sí, la regla aplica a la reducción de precios anunciada de servicios: hotel, suscripciones, restaurantes con menús descontados, etc. Aunque la verificación es más difícil porque los servicios no se trackean tan fácilmente como productos físicos.
Qué NO hace esta web por ti
- No presentamos reclamaciones en tu nombre.
- No contactamos con la empresa que te ha vendido el producto o servicio.
- No te representamos ante la OMIC, juzgados ni juntas arbitrales.
- No damos asesoría jurídica personalizada para tu caso concreto.
Para tu caso específico, acude a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de tu ayuntamiento o a una organización de consumidores como OCU o FACUA. Si el asunto es complejo o de cuantía elevada, consulta a un abogado.