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Cambiar de comercializadora de luz o gas: cómo hacerlo sin perder tiempo ni dinero

Cambiar de comercializadora de luz o gas es gratuito y sencillo. Lo inicia la nueva comercializadora, no tú. Te contamos cómo elegir tarifa, qué plazos esperar y qué hacer si te resisten la salida.

Última revisión: 22 de mayo de 2026

Qué derecho te protege en este caso

En España, el suministro de electricidad y gas natural está liberalizado: puedes elegir libremente la comercializadora (la empresa que te factura) y cambiarla cuando quieras, sin pedir permiso a la anterior.

El proceso es gratuito y la nueva comercializadora lo gestiona por ti. Tu contrato de acceso a la red (con la distribuidora del barrio) no cambia: la red eléctrica o gasista es la misma; solo cambia quién te factura y bajo qué tarifa.

Comercializadora ≠ Distribuidora. La distribuidora es quien mantiene los cables o tuberías hasta tu casa (Iberdrola Distribución, Naturgy, Edistribución, etc.). La comercializadora es quien te vende la energía (Iberdrola Clientes, Holaluz, Repsol, Octopus, Naturgy Iberia…). Solo cambias esta última.

Tipos de tarifa: PVPC vs mercado libre

Antes de cambiar, decide qué tipo de tarifa quieres:

PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor)

  • Tarifa regulada por el Gobierno.
  • Solo accesible para potencias contratadas hasta 15 kW.
  • Lo ofrecen Comercializadoras de Referencia (COR), no las comercializadoras libres.
  • El precio del kWh varía cada hora según el mercado mayorista (estructura por tramos horarios punta / llano / valle).
  • Es la tarifa por defecto si no eliges otra.

Mercado libre

  • Comercializadoras privadas con tarifas a precio fijo (1, 2 años) o variable.
  • Precios negociables: descuentos, packs con gas, servicios incluidos.
  • Suele tener permanencia asociada a una promoción.
  • Es donde están la mayoría de ofertas con descuento que ves anunciadas.

Para comparar, usa el comparador oficial de la CNMC (enlace lateral). Es el más imparcial: no tiene incentivos de venta.

Qué puedes hacer paso a paso

  1. Reúne tu última factura: necesitas el CUPS (Código Universal de Punto de Suministro), un código de 22 caracteres que identifica tu punto de luz o gas, y los datos del titular.

  2. Compara ofertas en el comparador de la CNMC o en webs neutras. Mira:

    • Precio del kWh (energía).
    • Precio del término de potencia (lo fijo mensual).
    • Si hay permanencia y de qué tipo.
    • Si te incluyen servicios extra que no necesitas (mantenimiento de calderas, garantías…).
    • Si te exigen domiciliación y/o factura electrónica.
  3. Contrata con la nueva comercializadora. Suele ser online o por teléfono. Te pedirán:

    • CUPS del suministro.
    • Datos del titular (DNI).
    • IBAN para domiciliación.
    • Aceptación expresa de condiciones (graba la llamada o guarda email).
  4. Espera el cambio efectivo. La nueva comercializadora lo tramita con la distribuidora. Plazo típico: 15-21 días naturales, coincidiendo con la siguiente lectura del contador.

  5. Comprueba la primera factura del nuevo proveedor: que tenga la tarifa pactada, el término fijo correcto y que no aparezcan servicios no contratados.

¿Puede la antigua comercializadora “retenerte”?

No. No puede negarse al cambio, ni exigir gestiones presenciales para “verificar” la baja, ni cobrar por la salida (salvo penalización de permanencia válida, ver más abajo).

Sí es habitual que te llamen para retenerte con una contraoferta mejor que la que tenías. Estás en tu derecho de aceptarla (y entonces cancelar la portabilidad) o ignorarla.

Slamming (cambio fraudulento): algunas comercializadoras te dan de alta sin tu consentimiento real (puerta a puerta engañoso, “solo es información”, llamadas confusas). Si descubres un cambio que no autorizaste, deshazlo inmediatamente: contacta a la comercializadora que aparece, exige cancelación inmediata, devuelve el primer recibo y denuncia a la CNMC y al Ministerio para la Transición Ecológica.

Permanencia en contratos de energía

Algunas tarifas tienen permanencia (12-24 meses), normalmente asociada a un descuento o bono de bienvenida. Aplican las mismas reglas generales sobre permanencia abusiva:

  • Debe estar informada con claridad y aceptada expresamente.
  • Debe compensar una ventaja real.
  • La penalización debe ser proporcional al tiempo restante.
  • Si la comercializadora te cambia las condiciones unilateralmente, tienes derecho a salir sin penalización.

Bono Social y consumidor vulnerable

Si cumples requisitos económicos (familia numerosa, pensionistas mínimos, ingresos por debajo de ciertos umbrales) puedes acogerte al Bono Social, con descuento del 25% o 40% sobre la PVPC y exención de ciertos cortes. Se solicita ante la Comercializadora de Referencia correspondiente. El cambio a una comercializadora libre te hace perder el Bono Social mientras estés en ella.

Qué pruebas conserva con cuidado

  • Última factura del proveedor anterior: incluye CUPS y consumo histórico para luego comparar.
  • Contrato con el nuevo proveedor: condiciones, precio y permanencia.
  • Confirmaciones por escrito (email, SMS, captura de pantalla del flujo de contratación).
  • Primera factura del nuevo proveedor: verifica que aplique la tarifa pactada.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que avisar a la comercializadora antigua?

No. La nueva comercializadora gestiona todo con la distribuidora. Tú no necesitas ningún trámite con la anterior, salvo que tengas permanencia activa: en ese caso, la antigua podrá emitirte una factura final con la penalización (que puedes impugnar si la consideras abusiva).

¿Y si la nueva comercializadora me pide gestionar yo la baja?

Eso no es correcto. Es ella la responsable del cambio. Si te pide gestionar la baja tú mismo, dudaría del proveedor.

Acepté un cambio en una llamada y ahora me arrepiento. ¿Puedo cancelarlo?

Si contrataste a distancia (teléfono, online), tienes 14 días de desistimiento desde la firma. Comunícalo por escrito a la nueva comercializadora. El proceso de cambio se cancela si todavía no se ha ejecutado, o se revierte si ya se ejecutó.

¿Cuánto puedo ahorrar realmente con un cambio?

Depende del consumo, la potencia contratada y la tarifa actual. Para una familia media (2.500-3.500 kWh/año), las diferencias entre tarifa PVPC bien gestionada y mercado libre con permanencia adecuada suelen ser de 5-15% anual. Más en consumos altos o con consumo desplazado a horas valle.

¿El cambio puede dejarme sin luz un día?

No. El cambio de comercializadora no implica corte de suministro: solo cambia el comercializador. La luz sigue llegando por los mismos cables. Cortes solo pueden producirse por motivos técnicos independientes (avería de red).

Qué NO hace esta web por ti

  • No presentamos reclamaciones en tu nombre.
  • No contactamos con la empresa que te ha vendido el producto o servicio.
  • No te representamos ante la OMIC, juzgados ni juntas arbitrales.
  • No damos asesoría jurídica personalizada para tu caso concreto.

Para tu caso específico, acude a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de tu ayuntamiento o a una organización de consumidores como OCU o FACUA. Si el asunto es complejo o de cuantía elevada, consulta a un abogado.